Según Guerrero y Serón (1996) en nuestra sociedad se ha creado la necesidad de guarda o custodia de niños durante las horas y días que sus padres están trabajando, cosa que ha ocurrido a causa de la transformación paulatina de la institución familiar en número y forma, la reducción de la natalidad y la incorporación de la mujer al mundo laboral.
Esto último, según indica Fernández Palomares: “ha provocado la proliferación de centros de acogida de la pequeña infancia (0-6 años), de carácter privado en su mayoría, a los que antes de la LOGSE se les conocía popularmente como guarderías. En estos centros, la función de custodia ha sido prioritaria, porque la función educativa estaba excluida y porque al personal a su cuidado no se le exigía ninguna clase de formación profesional ni titulación previa” (2003; 128).
Además, según este mismo autor, la función de guardia y custodia también ha sido unido la función de retención y de contención de la infancia y la juventud en su incorporación al mundo del trabajo. Esta contención del sistema educativo pretende alargar la escolarización con carácter obligatorio y gratuito del que se habló anteriormente, hasta los 16 años, debido al desajuste que había en la legislación anterior entre la edad de abandono escolar voluntario a los 14 años y la edad de incorporación al trabajo a los 16.
Para Fernández Palomares(2003) no es más que una medida de control y de vigilancia de una parte importante de jóvenes que, por su origen social y trayectoria escolar marcada por el fracaso, tenían un potencial conflictivo muy alto.

Bibliografía:
GUERRERO SERÓN, Antonio. (1996). Manual de Sociología de la Educación. Madrid.
Fernández Palomares, F.(2003): Sociología de la Educación, Madrid, Pearson
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